Normas orgánicas de presupuesto
Planta de personal
Texto del concepto
________________________________________________________________________ Página | 1 Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección: Carrera 8 No. 6 C 38 Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 3 81 17 00 Línea Gratuita: (+57) 01 8000 910071 6.2. Subdirección de Fortalecimiento Institucional Territorial Doctora: ERIKA RIVERA VIVEROS erivi2008@hotmail.com Radicado entrada 1-2025-072706 No. Expediente 50107/2025/OFI Asunto: Respuesta a petición, radicado No. 1-2025-072706 del 17 de julio de 2025 Tema: Normas orgánicas de presupuesto Subtema: Planta de Personal Respetado doctora Erika: En atención al oficio del asunto, consulta usted lo siguiente: “1.-) REMITIR el certificado de la viabilidad presupuestal, para sufragar y realizar concurso de provisión de empleos de carrera administrativa mediante concurso público de méritos , si se practicó el proceso de selección para la provisión definitiva de cargos de carrera Administrativa del empleo denominado TÉCNICO ADMINISTRATIVO OFICINA RENTAS Y RECAUDOS , de naturaleza de Carrera Administrativa, código 367, grado 03, nombrada en provisionalidad en el Municipio el Litoral de San Juan – Choco, con una asignación mensual de $2,786,657, debiendo informar el Jefe de la Entidad Territorial - Municipio del Litoral de San Juan y/o organismo , si cumplió o NO los presupuestos de planeación y presupuestales de la Entidad Territorial. 2.-) CERTIFICAR si la Alcaldía del Litoral de San Juan del Chocó, contaba con la apropiación presupuestal para realizar convocatoria de los 22 cargos creados en empleos de carrera administrativa entre el 1 y el 15 de diciembre del 2023, a Radicado: 2-2025-062274 Bogotá D.C., 8 de octubre de 2025 16:42 Bi46 3g5+ +UkE JJzB 8pDY zgLA HSc= Validar documento firmado digitalmente en: http://sedeelectronica.minhacienda.gov.co Continuación oficio ________________________________________________________________________ Página | 2 Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección: Carrera 8 No. 6 C 38 Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 3 81 17 00 Línea Gratuita: (+57) 01 8000 910071 través del DECRETO 300 DE 2023, Proferido por el MUNICIPIO DE LITORAL DE SAN JUAN – CHOCO. 3.-) REMITIR al proceso, el certificado de disponibilidad de planeación y presupuestal para sufragar y realizar concurso de provisión de empleos de carrera administrativa mediante concurso público de méritos, si se practicó el proceso de selección para la provisión definitiva de cargos de carrera Administrativa del empleo denominado TÉCNICO ADMINISTRATIVO OFICINA RENTAS Y RECAUDOS, de naturaleza de Carrera Administrativa, código 367, grado 03, nombrada en provisionalidad en el Municipio el Litoral de San Juan – Choco, con una asignación mensual de $2,786,657, 4.-) INFORMAR si el jefe de la Entidad Territorial - Municipio del Litoral de San Juan y/o organismo, si cumplió o NO los presupuestos de planeación y presupuestales de la Entidad Territorial, en los términos del fundamento jurídico artículo 125 de la Constitución Política, dado que el concurso debe ser cubierto por el presupuesto de la Entidad u organismo que requiera la provisión de cargos, articulo 30 de la Ley 909 del 2004, sin perjuicio de la financiación prevista en los artículos 74 de la Ley 998 de 2005 y art. 9 de la Ley 1033 de 2006. Toda vez, que como regla general la CNSC no puede iniciar un proceso de selección sin contar previamente con un CDP. 5,-) REMITIR al proceso, el certificado de disponibilidad de planeación y presupuestal para sufragar y realizar concurso de provisión de empleos de carrera administrativa mediante concurso público de méritos , si se practicó el proceso de selección para la provisión definitiva de cargos de carrera Administrativa del empleo denominado TÉCNICO ADMINISTRATIVO OFICINA RENTAS Y RECAUDOS , de naturaleza de Carrera Administrativa , código 367, grado 03, nombrada en provisionalidad en el Municipio el Litoral de San Juan – Choco, con una asignación mensual de $2,786,657, de conformidad con el DECRETO No 300 de noviembre 2023, que modificó la planta de cargos, de los veintidós (22) vacantes en forma definitiva. Y de Acuerdo 014 de 28 de noviembre de 2023, que fue aprobado por el CONSEJO MUNICIPAL, donde, fijo los ingresos del tesoro del municipio, gastos de funcionamiento, de inversión, inclusión social (Grupos vulnerables, deporte y recreación, entre otros, del PAC, CUENTAS POR PAGAR, VIGENCIAS FUTURAS, 2, En 4 páginas La ejecución presupuestal de gastos de funcionamiento para la vigencia fiscal acumulada del 1 enero al 31 de diciembre de 2023, para la época de los hechos de la demanda, además establece el presupuesto preliminar de ingresos y gastos para la vigencia fiscal del 2024. 6.-) CERTIFIQUE al Despacho si al momento de aprobar el acuerdo No 014 del 28 de noviembre de 2023, se crearon obligaciones que excedieran el monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto inicialmente aprobado. Si hubo afectación al momento de Crear, suprimir o fusionar los cargos creados a través del DECRETO 300 DE 2023, si fueron señaladas funciones especiales y Bi46 3g5+ +UkE JJzB 8pDY zgLA HSc= Validar documento firmado digitalmente en: http://sedeelectronica.minhacienda.gov.co Continuación oficio ________________________________________________________________________ Página | 3 Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección: Carrera 8 No. 6 C 38 Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 3 81 17 00 Línea Gratuita: (+57) 01 8000 910071 fijados sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes por el CONCEJO MUNICIPAL Y/O ALCALDIA MUNICIPAL. De conformidad con el numeral 7 del artículo 315 de la Constitución Política, 7.-) CERTIFICAR si la Entidad territorial requirió profundizó o solicitó información adicional con el fin de dar viabilidad a la solicitud presupuestal y si aportó la documentación que requería, como: 1. Oficio de Solicitud (Oficio de solicitud del trámite presupuestal suscrito por el jefe del Órgano o a quien éste haya designado del nivel directivo). 2. Justificación Técnica (Exposición de motivos, costos comparativos de las plantas vigente y propuesta, efectos sobre los gastos generales. La propuesta debe indicar si hay lugar a indemnización y su costo y efectos sobre los demás gastos).3. Proyectos de Decreto (Proyectos de Decreto que incluyan la estructura de la Planta de Personal y los Cargos). El trámite es de INVERSION, ("Concepto Previo y Favorable del Departamento Nacional de Planeación DNP)" y 4. Concepto previo y favorable del Departamento Nacional de Planeación (DNP) – INVERSION (Cuando se trate de rubros de gasto de inversión.). debiéndolos REMITIR los mismos, en tal caso. (…)” Antes de dar respuesta a su interrogante, es necesario precisar que de conformidad con el numeral 9 del artículo 43 y numeral 8 del artículo 45 del Decreto 4712 de 2008 la Dirección General de Apoyo Fiscal presta asesoría a las entidades territoriales y a sus entes descentralizados en materia fiscal, financiera y tributaria, la cual no comprende el análisis y/o pronunciamientos de las actuaciones y actos administrativos específicos y propios de dichas entidades. En consecuencia, la respuesta a su consulta enviada a través del Buzón de Atención al Cliente de este Ministerio y radicada con el número del asunto, se remitirá de conformidad con los artículos 14-2 y 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, con carácter general y abstracto, no tendrá efectos obligatorios ni vinculantes, y no comprometerá de forma alguna la responsabilidad de este Ministerio. De acuerdo con el artículo 352 de la Constitución Política y los artículos 104 y 109 del Decreto 111 de 1996, las entidades territoriales deben expedir las normas que en materia presupuestal deben aplicar, tanto en el nivel central como descentralizado, respetando en todo caso los principios y las disposiciones contenidos en el ordenamiento constitucional, Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, Decreto 111 de 1996, Ley 617 de 2000, Ley 819 de 2003. En ausencia de normas particulares, aplicarán en lo que fuere pertinente las normas orgánicas de presupuesto Nacional. Bi46 3g5+ +UkE JJzB 8pDY zgLA HSc= Validar documento firmado digitalmente en: http://sedeelectronica.minhacienda.gov.co Continuación oficio ________________________________________________________________________ Página | 4 Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección: Carrera 8 No. 6 C 38 Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 3 81 17 00 Línea Gratuita: (+57) 01 8000 910071 Por lo tanto, la asesoría que solicita debe buscarla en principio en el Estatuto Orgánico de Presupuesto del ente territorial respectivo; nuestra respuesta se soporta en el ordenamiento constitucional nacional, el cual no debe diferir sustancialmente del ordenamiento propio de cada ente territorial. De acuerdo con lo anterior esta Dirección recibió traslado de su petición mediante memorando 3-2025-016693 del 29 de septiembre de 2025 y emite concepto a su petición, en los siguientes términos: El artículo 104 del decreto 111 de 1996 dice: ARTÍCULO 104. A más tardar el 31 de diciembre de 1996, las entidades territoriales ajustarán las normas sobre programación, elaboración, aprobación, y ejecución de sus presupuestos a las normas previstas en la ley orgánica del presupuesto El artículo 1.1.1.1 del decreto 1068 de 2015 dice: “ARTÍCULO 1.1.1.1. Ministerio de Hacienda y Crédito Público. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público tiene como objetivo la definición, formulación y ejecución de la política económica del país, de los planes generales, programas y proyectos relacionados con esta, así como la preparación de las leyes, la preparación de los decretos y la regulación, en materia fiscal, tributaria, aduanera, de crédito público, presupuestal, de tesorería, cooperativa, financiera, cambiaria, monetaria y crediticia, sin perjuicio de las atribuciones conferidas a la Junta Directiva del Banco de la República, y las que ejerza, a través de organismos adscritos o vinculados, para el ejercicio de las actividades que correspondan a la intervención del Estado en las actividades financiera, bursátil, aseguradora y cualquiera otra relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversión de los recursos del ahorro público y el tesoro nacional, de conformidad con la Constitución Política y la ley. (Art. 2 del Decreto 4712 de 2008)” En este orden de ideas el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, como entidad rectora de la política económica y fiscal del Estado colombiano, cumple un rol fundamental y transversal en la administración de los recursos públicos de la Nación. Sus funciones principales abarcan la coordinación de la política macroeconómica, la definición de la política fiscal y la gestión presupuestal y financiera de los recursos públicos. Finalmente y de acuerdo con lo expuesto anteriormente el Ministerio de Hacienda y Crédito Publico no es competente para resolver sus interrogantes, por esta razón el MHCP mediante radicado 2-2025-046788 del 31 de julio de 2025 dio traslado de su petición al Departamento Administrativo de la Función Publica, el cual se Bi46 3g5+ +UkE JJzB 8pDY zgLA HSc= Validar documento firmado digitalmente en: http://sedeelectronica.minhacienda.gov.co Continuación oficio ________________________________________________________________________ Página | 5 Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección: Carrera 8 No. 6 C 38 Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 3 81 17 00 Línea Gratuita: (+57) 01 8000 910071 adjunta, entidad encargada de proponer, diseñar e implementar la política en materia de organización y funcionamiento de las entidades públicas colombianas, además de diseñar y adoptar metodologías y herramientas para la política de modernización de la gestión pública. Cordialmente, CLAUDIA HELENA OTALORA CRISTANCHO Subdirectora de Fortalecimiento Institucional Territorial Dirección General de Apoyo Fiscal Revisó: Claudia Helena Otalora Cristancho Elaboró: Juan Moreno Moreno Firmado digitalmente por: CLAUDIA HELENA OTALORA CRISTANCHO Bi46 3g5+ +UkE JJzB 8pDY zgLA HSc= Validar documento firmado digitalmente en: http://sedeelectronica.minhacienda.gov.co