Normas Orgánicas de Presupuesto.
Aprobación del Presupuesto.
Texto del concepto
________________________________________________________________________ Página | 1 Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección: Carrera 8 No. 6 C 38 Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 3 81 17 00 Línea Gratuita: (+57) 01 8000 910071 6.2. Subdirección de Fortalecimiento Institucional Territorial Señor ELKIN JESUS GALEANO QUIROZ E-mail: kinel75@gmail.com Radicado entrada 1-2024-119574 No. Expediente 16161/2024/GEA Asunto: Oficio Radicado con el No. 1-2024-119574 del 09 de diciembre de 2024. Tema: Normas Orgánicas de Presupuesto. Subtema: Aprobación del Presupuesto. Respetado Señor Galeano: En atención al oficio del asunto, consulta usted lo siguiente: “¿Se podría declarar la invalidez del presupuesto municipal por los siguientes hechos? 1. No ingresar en los rubros de ingresos y egresos los fondos especiales. 2. La comisión de presupuesto no voto las modificaciones hechas al presupuesto. 3. Elaboración del presupuesto con el Estatuto Orgánico de otro municipio. 4. No presentar los anteproyectos de cada una de las dependencias. 5. No armonizar el presupuesto con el Plan de Desarrollo por acuerdo del Concejo. 6. Hacerle modificaciones al presupuesto inicial, sin retirarlo de la comisión donde se estudia. 7. No concuerdan algunos valores del POAI con los del presupuesto.” Al respecto, es necesario precisar que de acuerdo con el numeral 9 del artículo 43 y numeral 8 del artículo 45 del Decreto 4712 de 2008, entre algunas de las funciones que tiene asignadas esta Dirección, se encuentra la de emitir conceptos jurídicos sobre la aplicación de normas y temas relacionados con la administración financiera y tributaria territorial; así mismo, de conformidad con el artículo 28 del Código de Radicado: 2-2024-070934 Bogotá D.C., 18 de diciembre de 2024 19:07 fh04 1Tn7 m5z3 aHj2 TF46 e207 QKY= Validar documento firmado digitalmente en: http://sedeelectronica.minhacienda.gov.co Continuación oficio ________________________________________________________________________ Página | 2 Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección: Carrera 8 No. 6 C 38 Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 3 81 17 00 Línea Gratuita: (+57) 01 8000 910071 Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, la respuesta ofrecida es general y no tiene carácter de obligatoria ni vinculante. De acuerdo con el artículo 352 de la Constitución Política y los artículos 104 y 109 del Decreto 111 de 1996, las entidades territoriales deben expedir las normas que en materia presupuestal deben aplicar, tanto en el nivel central como en el descentralizado, respetando en todo caso los principios y las disposiciones contenidos en el ordenamiento constitucional, Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, Decreto 115 de 1996, Ley 617 de 2000, Ley 819 de 2003 y Ley 1483 de 2011. En ausencia de normas particulares, aplicarán en lo que fuere pertinente las normas orgánicas de presupuesto Nacional. Por lo tanto, la asesoría que solicita debe buscarla en principio en el Estatuto Orgánico de Presupuesto del ente territorial respectivo; nuestra respuesta se soporta en el ordenamiento constitucional y nacional, el cual no debe diferir sustancialmente del ordenamiento propio de cada ente territorial. En consecuencia, se remite copia de los Oficios No. 010682, 013631, 033769, 043590 y 046947 del 21 de abril de 2009, 11 de abril de 2014, 10 de septiembre de 2014, 24 de agosto de 2021 y 04 de septiembre de 2023, emitidos por la Dirección General de Apoyo Fiscal. Finalmente, me permito informarle que no es función de esta entidad entrar a determinar los hechos que podrían declarar la invalidez del presupuesto de un municipio, labor que le corresponde a los organismos de control correspondientes. Cordialmente, CLAUDIA HELENA OTALORA CRISTANCHO Subdirectora de Fortalecimiento Institucional Territorial Dirección General de Apoyo Fiscal Ministerio de Hacienda y Crédito Público Anexo: Oficios No. 010682, 013631, 033769, 043590 y 046947 en veinticinco folios. REVISÓ: Claudia Helena Otalora Cristancho ELABORÓ: Hernán Rico Barbosa Firmado digitalmente por: CLAUDIA HELENA OTALORA CRISTANCHO Firmado digitalmente por: MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO fh04 1Tn7 m5z3 aHj2 TF46 e207 QKY= Validar documento firmado digitalmente en: http://sedeelectronica.minhacienda.gov.co