Otros temas territoriales.
Colocación de Excedentes de Liquidez.
Texto del concepto
________________________________________________________________________ Página | 1 Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección: Carrera 8 No. 6 C 38 Bogotá D.C. Colombia Conmutador (57) 601 3811700 Fuera de Bogotá 01-8000-910071 relacionciudadano@minhacienda.gov.co www.minhacienda.gov.co 6.2. Subdirección de Fortalecimiento Institucional Territorial Doctora ANA MILENA ARCOS URIBE Directora Técnica de Tesorería Gobernación de Casanare E-mail: libardo.perilla@casanare.gov.co Radicado entrada 1-2024-022728 No. Expediente 4286/2024/GEA Asunto: Oficio Radicado con el No. 1-2024-022728 del 13 de marzo de 2024. Tema: Otros Temas Territoriales. Subtema: Colocación de Excedentes de Liquidez. Respetada Doctora Ana Milena: En atención al oficio del asunto, consulta usted lo siguiente: 1. “¿La Inversión en títulos de Deuda Pública Interna de la Nación como primera opción es obligatoria? 2. ¿Cuál sería el procedimiento y las condiciones que debería observar una entidad territorial para realizar este tipo de inversiones? 3. ¿Pueden las Entidades Territoriales observando las condiciones de seguridad y calificación de riesgo de los Bancos constituir regularmente Certificados de Depósito a Término? ¿O definitivamente este tipo de inversiones se prohibió?” Al respecto, es necesario precisar que de acuerdo con el numeral 9 del artículo 43 y numeral 8 del artículo 45 del Decreto 4712 de 2008, entre algunas de las funciones que tiene asignadas esta Dirección, se encuentra la de emitir conceptos jurídicos sobre la aplicación de normas y temas relacionados con la administración financiera y tributaria territorial; así mismo, de conformidad con el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, la respuesta ofrecida es general y no tiene carácter de obligatoria ni vinculante. Radicado: 2-2024-018119 Bogotá D.C., 10 de abril de 2024 11:53 YZzQ tlXF YBgL 0g9N b4xW +7wK nTw= Validar documento firmado digitalmente en: http://sedeelectronica.minhacienda.gov.co Continuación oficio ________________________________________________________________________ Página | 2 Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección: Carrera 8 No. 6 C 38 Bogotá D.C. Colombia Conmutador (57) 601 3811700 Fuera de Bogotá 01-8000-910071 relacionciudadano@minhacienda.gov.co www.minhacienda.gov.co En consecuencia, se remite copia de los Oficios No. 026317, 029346 y 068232 del 09 de julio de 2015, 12 de agosto de 2016 y 23 de diciembre de 2020, emitidos por la Dirección General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Cordialmente, CLAUDIA HELENA OTALORA CRISTANCHO Subdirectora de Fortalecimiento Institucional Territorial Dirección General de Apoyo Fiscal Ministerio de Hacienda y Crédito Público Anexo: Oficios No. 026317, 029346 y 068232 en diez folios. REVISÓ: Claudia Helena Otalora Cristancho ELABORÓ: Hernán Rico Barbosa Firmado digitalmente por: CLAUDIA HELENA OTALORA CRISTANCHO Firmado digitalmente por: MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO YZzQ tlXF YBgL 0g9N b4xW +7wK nTw= Validar documento firmado digitalmente en: http://sedeelectronica.minhacienda.gov.co