Confórmese una Comisión Preparatoria que garantizará la coordinación para la celebración del Quinto Centenario de fundación del municipio de Malambo. Esta Comisión será la máxima instancia de articulación Nación - Departamento - Territorio. Tendrá competencias para preparar, diseñar, coordinar, gestionar y estructurar de manera integral el Plan Maestro y demás planes, proyectos y eventos a realizar con motivo de esta celebración, dentro de un marco de desarrollo y de transformación del municipio, aprovechando sus potencialidades turísticas, agrícolas, pesqueras, su cercanía a ciénagas, humedales y al Río Grande de la Magdalena, su diversidad étnica, cultural, entre otras.
La Comisión estará integrada por:
aUn delegado de la Presidencia de la República.
bUn delegado del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes.
cUn delegado del Ministerio de Industria Comercio y Turismo.
dUn delegado del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
eEl Gerente de Asuntos Étnicos de la Gobernación del Atlántico.
fEl Coordinador de la Oficina de Asuntos Étnicos Indígenas del municipio de Malambo.
gEl Director del Instituto de Cultura Municipal de Malambo.
hUn representante por los comerciantes del municipio de Malambo (escogido por su agremiación).
iUn representante por el gremio industrial del municipio de Malambo (escogido por ellos mismos).
jUn representante por las Juntas de Acción Comunal del municipio de Malambo (escogido por Asocomunal Malambo).
kCuatro representantes de las comunidades étnicas: dos afrodescendientes (escogidos por el Consejo Comunitario de Malambo), y dos indígenas (escogidos por el Cabildo Indígena respectivo).
lCuatro delegados de la asociación de historiadores del municipio de Malambo.
mUn delegado de la Secretaría de Cultura del Atlántico.
nDos delegados de la Comisión Legal Afrocolombiana del Congreso de la República.
Parágrafo 1La Comisión establecerá su propio reglamento, sesionará en el municipio dé Malambo ordinariamente dos veces al año, una primera vez entre los meses de febrero y marzo y la segunda entre octubre y noviembre o, cuando se determine, de manera extraordinaria. Esta comisión podrá invitar a sus sesiones a quienes considere necesarios, con voz y sin voto.
La integración de esta Comisión Preparatoria por parte de las entidades del orden nacional estará establecida dentro del marco de sus competencias y acatando el principio de autonomía de las entidades territoriales contemplado en la Constitución Política y la ley.
La implementación de esta Comisión Preparatoria estará acorde al Decreto número 444 de 2023, que incorpora medidas de austeridad.
Parágrafo 2°. La asistencia a las sesiones será obligatoria, la no asistencia de los funcionarios públicos y particulares será causal de mala conducta, y se considerará suficiente para excluirlos de la Comisión.
Parágrafo 3. La Secretaría Técnica de la Comisión Preparatoria para la Celebración del Quinto Centenario de Fundación del municipio de Malambo estará conformada por cinco integrantes, los cuales serán elegidos por la Comisión Preparatoria.
Parágrafo transitorio. La Comisión tendrá su primera sesión, dentro de los tres primeros meses siguientes de entrada en vigencia de la presente ley, la cual será convocada por su respectiva Secretaría Técnica.