Artículo 1
Convocatoria
Convócase al pueblo colombiano para que en desarrollo de lo previsto en los artículos 374 y 378 de la Constitución Política, mediante Referendo Constitucional decida si aprueba el siguiente
PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO
El pueblo de Colombia
DECRETA:
El artículo 34 de la Constitución Política tendrá un tercer inciso que quedará así:
En relación con los delitos de homicidio doloso, violación y explotación sexual, lesiones personales agravadas y secuestro cometidos contra menores de 14 años y menores de edad con discapacidad física y/o mental, se podrá imponer hasta la pena de prisión perpetua, de acuerdo con la ley.
El Estado, a través del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF, formulará y aplicará una política de prevención tendiente a evitar la Comisión de Delitos contra Menores de Edad.
Aprueba usted el anterior inciso:
Sí ( )
No ( )
Voto en blanco ( )