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Ley 1308 De 2009

Artículo 1

1 inciso

La República de Colombia y el Congreso de Colombia se vinculan a la celebración del cincuentenario de la fundación del municipio de El Dovio en el departamento del Valle del Cauca, que se cumplieron el día primero (1°) de febrero de 2007.

Artículo 2

17 incisos

A partir de la promulgación de la presente ley y de conformidad con los artículos 334, 339, 341 y 345 de la Constitución Política, se autoriza al Gobierno Nacional para incluir dentro del Presupuesto General de la Nación las apropiaciones presupuestales que se requieran para vincularse a la conmemoración del centenario del municipio de El Dovio, así como para la ejecución de las obras de infraestructura de interés social que se requieran, entre las que se encuentran:

Dotación Hospital Santa Lucía

$ 50.000.000

Terminación del Cuartel Defensa Civil

$ 50.000.000

Terminación Cuartel de Bomberos

$ 70.000.000

Adquisición de vehículo para la estación de policía

$ 80.000.000

Adecuación Palacio Municipal

$ 150.000.000

Pavimentación vías urbanas

$ 350.000.000

Mejoramiento de vivienda rural

$ 500.000.000

TOTAL

$ 1.250.000.000

Artículo 3

1 inciso

Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente ley, se autoriza igualmente la celebración de los contratos necesarios, el sistema de cofinanciación y la celebración de convenios interadministrativos entre la Nación y el departamento del Valle del Cauca y/o el municipio de El Dovio.

Artículo 4

1 inciso

Esta ley rige a partir de la fecha de su promulgación.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de la Protección Social