Artículo 1
La República de Colombia y el Congreso de Colombia se vinculan a la celebración del cincuentenario de la fundación del municipio de El Dovio en el departamento del Valle del Cauca, que se cumplieron el día primero (1°) de febrero de 2007.
Ley 1308 De 2009
La República de Colombia y el Congreso de Colombia se vinculan a la celebración del cincuentenario de la fundación del municipio de El Dovio en el departamento del Valle del Cauca, que se cumplieron el día primero (1°) de febrero de 2007.
A partir de la promulgación de la presente ley y de conformidad con los artículos 334, 339, 341 y 345 de la Constitución Política, se autoriza al Gobierno Nacional para incluir dentro del Presupuesto General de la Nación las apropiaciones presupuestales que se requieran para vincularse a la conmemoración del centenario del municipio de El Dovio, así como para la ejecución de las obras de infraestructura de interés social que se requieran, entre las que se encuentran:
Dotación Hospital Santa Lucía
$ 50.000.000
Terminación del Cuartel Defensa Civil
$ 50.000.000
Terminación Cuartel de Bomberos
$ 70.000.000
Adquisición de vehículo para la estación de policía
$ 80.000.000
Adecuación Palacio Municipal
$ 150.000.000
Pavimentación vías urbanas
$ 350.000.000
Mejoramiento de vivienda rural
$ 500.000.000
TOTAL
$ 1.250.000.000
Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente ley, se autoriza igualmente la celebración de los contratos necesarios, el sistema de cofinanciación y la celebración de convenios interadministrativos entre la Nación y el departamento del Valle del Cauca y/o el municipio de El Dovio.
Esta ley rige a partir de la fecha de su promulgación.