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Ley 1302 De 2009

Artículo 1

1 inciso

La Nación se asocia a la celebración de los ciento cuarenta y dos años de la fundación del municipio de Alvarado, los cuales se cumplirán el 25 de julio de 2008.

Artículo 2

2 incisos

Autorízase al Gobierno Nacional de conformidad con lo dispuesto en los artículos 288 y 366 de la Constitución Nacional en armonía con los artículos 200 numeral 3 y 150 numerales 3 y 9 de la misma, para asignar dentro del Presupuesto Nacional, las apropiaciones necesarias, así como los créditos y traslados presupuestales, para la realización en coordinación con el departamento del Tolima y el municipio de Alvarado, de las siguientes obras de interés social y cultural:

Construcción y dotación del Coliseo de Ferias y Exposiciones del municipio de Alvarado.

Artículo 3

1 inciso

La presente ley rige a partir de su sanción.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro del Interior y de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público