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Ley 74 De 1947

Artículo 1

1 inciso

Exenciónanse de derechos de aduana y muellaje las maquinarias, implementos y demás materiales destinados a la Empresa Telefónica del Norte de Santander.

Artículo 2

1 inciso

Exonérase igualmente del pago de los impuestos que gravan las operaciones sobre cambio exterior las cantidades de dinero que tengan por objeto el pago de las maquinarias, herramientas, elementos complementarios y materiales de construcción de la Empresa Telefónica citada en el artículo anterior.

Artículo 3

1 inciso

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público