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Ley 63 De 1981

Artículo 1

7 incisos1 numeral2 literales

591.795.374.36) moneda corriente, que con base en los Certificados de Disponibilidad números:

33 de junio 1° de 1981, por valor de $ 29.108.992.78; 35 de junio 12 de 1981, por valor de $ 9.865.200; 36 de junio 12 de 1981, por valor de $ 100.000.000; 37 de junio 12 de 1981, por valor de $ 484.521.286.21; 38 de junio 12 de 1981,por valor de $ 89.595.451.74; 39 de junio 12 de 1981, por valor de $ 470.972.570.27; 43 de junio 12 de 1981, por valor de $ 87.586.776.86; 44 de junio 24 de 1981, por valor de $ 5.000.000; 47 de julio 24 de 1981, por valor de $ 79.766.815.99; 48 de julio 24 de 1981, por $ 11.564.790.51 y 49 de julio 24 de 1981, por valor de $ 223.813.490, expedidos por el Contralor General de la República, los cuales se incorporan así:

PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL

Ingresos no tributarios.

2

Rentas contractuales.

c

Otros recursos.

Recurso de Balance del Tesoro

Recursos de capital.

Recursos del crédito.

b

Recursos del crédito externo

Artículo 2

47 incisos

Artículo 2° Con base en los recursos de que trata el articulo anterior, ábranse los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1981, así:

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

Congreso Nacional

Camara de Representantes

Gastos generales.

PRESUPUESTO DE INVERSION

Departamento Nacional de Planeación.

Corporacion Autonoma Regional del Cauca.

Inversión indírecta.

Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Dirección General de Crédito Público.

Programa 2304.

Infraestructura física de salubridad.

Inversión indirecta.

Recurso: Ordinario.

Programa 3608.

Subtransmisión y distribución de energía.

Inversión indirecta.

Recurso: Crédito externo. Convenio

Colombo-holandés de mayo 12 de 1977.

Recurso: Crédito externo. Convenio

Colombo-holandés de diciembre 29 de 1977.

Programa 3807.

Transporte aéreo.

Inversión indirecta.

Programa 5108.

Plan de Desarrollo de Urabá.

Inversión indirecta.

Recurso: Crédito externo. Convenio

Colombo-Holanda de mayo 2 de 1979.

Programa 5111.

Plan de Acción Urbano y Regional de la Costa Pacífica de Nariño y Cauca.

Inversión indirecta.

Recurso: Crédito externo, BID 635/SF - CO

Ministerio de Agricultura.

Instituto Colombiano de la Reforma Agraria.

Programa 4102.

Otras inversiones no clasificables

Previamente.

Inversión indirecta.

Recurso: Crédito externo, BIRF 849/CO

Instituto Colombiano de Hidrología, Meteorología y Adecuación de Tierras.

Programa 4102.

Otras inversiones no clasificables

Previamente.

Inversión indirecta.

Recurso: Crédito externo, BIRF 849/CO

Artículo 3

Construcción, Dotación Y Reparación De Cárceles

30 incisos

CONTRACREDITOS

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

Departamento Nacional de Planeación.

Dirección Superior.

Servicios personales.

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Superintendencia Bancaria.

Servicios personales.

Ministerio de Educación Nacional

Dirección General de Adminitración e Inspección.

Transferencias.

Educación en territorios misionales por contrato.

Transferencias.

Ministerio de Justicia.

Dirección Superior.

Gastos generales.

Dirección Administración Sistema Penitenciario.

Gastos generales.

Medicina Legal e Investigaciones Forenses.

Gastos generales.

Asistencia Administrativa de la Rama Jurisdiccional.

Gastos generales

PRESUPUESTO DE INVERSION

Ministerio de Justicia

Fondo Rotatorio del Ministerio de Justicia.

Programa 1302.

Desarrollo y Administración de la Justicia.

Inversión indirecta.

Recurso: Ordinario.

Artículo 5553. Construcción, dotación y reparación de cárceles.

Artículo 4

Construcción, Dotación Y Reparación De Cárceles

39 incisos

Artículo 4° Con base en los recursos de que trata el qrticulo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales en el presupuesto de Gastos de la actual vigencia:

CREDITOS

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

Departamento Nacional de Planeación.

Dirección Superior.

Servicios personales.

Gastos generales.

Ministerio de Justicia.

Dirección Superior.

Servicios personales.

Transferencias.

Dirección Administración Sistema Penitenciario.

Servicios personales.

Mediciana Legal e Investigaciones Forences.

Servicios personales.

Comisarías Nacionales de Policia.

Servicios personales.

Asistencia Administrativa de la Rama Jurisdiccional.

Servicios personales.

Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Superintendencia Bancaria.

Gastos generales.

Ministerio de Educación Nacional.

Administración Superior.

Servicios personales.

Dirección General de Administración e Inspección.

Servicios personales.

Gastos generales.

Dirección General de Servicios Administrativos

Servicios personales

Gastos generales.

PRESUPUESTO DE INVERSION

Ministerio de Justicia.

Fondo Rotatorio del Ministerio de Justicia.

Programa 1302.

Desarrollo y Adminitración de la Justicia.

Inversión indirecta.

Recurso: Ordinario.

Artículo 5553. Construcción, dotación y reparación de cárceles.

Artículo 5

La presente Ley rige a partir de la fecha de su sanción.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado