Saltar al articulado
Volver a la ficha

Articulado completo

Ley 61 De 1928

Artículo 1

2 incisos

Artículo. Auxiliase con la cantidad de veinte mil pesos ($20.000) anuales, durante cinco años, la construcción del acueducto y alcantarillado que adelanta la ciudad de Pereira.

Esta suma se incluirá en el Presupuesto de las sucesivas vigencias y en caso que así no se hiciere, el Gobierno podrá abrir los correspondientes créditos administrativos teniendo como base la urgencia de este gasto.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda, Crédito Público