Saltar al articulado
Volver a la ficha

Articulado completo

Ley 57 De 1912

Artículo 1

1 inciso

Trasládase del artículo 253, capítulo 45. Escuelas Militar y Superior de Guerra, personal y material, parágrafo 90, para el personal de Oficiales del Curso de Estado Mayor al artículo 237 del capítulo 42, Ministerio de Guerra, personal para pagar el personal que componga el Estado Mayor General, la suma de seis mil doscientos noventa y siete pesos cincuenta y cinco centavos ($6.297,55).

Artículo 253

1 inciso

Artículo único. Trasládase del artículo 253, capítulo 45. Escuelas Militar y Superior de Guerra, personal y material, parágrafo 90, para el personal de Oficiales del Curso de Estado Mayor al artículo 237 del capítulo 42, Ministerio de Guerra, personal para pagar el personal que componga el Estado Mayor General, la suma de seis mil doscientos noventa y siete pesos cincuenta y cinco centavos ($6.297,55).

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Guerra