Saltar al articulado
Volver a la ficha

Articulado completo

Ley 45 De 1958

Artículo 1

4 incisos

Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso:

CONTRACREDITOS

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

(Certificado de disponibilidad número 79, expedido por el Contador General de la República, el 15 de septiembre de 1958).

Artículo 2

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario General del Senado
El Secretario General de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Fomento, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas