Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales en el presupuesto de gastos de la vigencia fiscal de 1977:
Presupuesto de funcionamiento.
Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Dirección General de Servicios Administrativos,
Presupuesto de inversión.
Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Cancelación reservas balance Tesoro.
Ministerio de Defensa Nacional.
Comando General de las Fuerzas Militares.
Cancelación reservas balance Tesoro.
Bonos Desarrollo Económico.
Instituto Nacional de Fomento Municipal.
Cancelación reservas balance Tesoro.
Bonos Desarrollo Económico
Ministerio de Minas y Energía.
Instituto Colombiano de Energía Eléctrica.
Cancelación reservas balance Tesoro.
Bonos Desarrollo Económico.
Ministerio de Educación Nacional.
Instituto Colombiano de Construcciones Escolares.
Cancelación reservas balance Tesoro.
Bonos Desarrollo Económico