Artículo 1
Apruébase El Instrumento De Enmienda A La Constitución De La Organización Internacional Del Trabaj
Apruébase el Instrumento de Enmienda a la Constitución de la Organización Internacional del Trabaj o, adoptado en la Octogésima Quinta (85ª) Reunión de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, en Ginebra, el diecinueve (19) de junio de mil novecientos noventa y siete (1997).