Artículo 1
1 inciso
Queda en estos términos reformado el inciso 2° del artículo 4° de la Ley 33 de 1916 .
Ley 14 De 1917
Queda en estos términos reformado el inciso 2° del artículo 4° de la Ley 33 de 1916 .
Las venas de tabaco (pecíolos o nervaduras) no causarán devolución de derechos aunque se saquen de un Departamento para otro.