Artículo 1
Abrese al Poder Ejecutivo el siguiente crédito adicional, con imputación al Capítulo y artículo que en seguida se expresan.
MINISTERIO DE INSTRUCCIÓN PÚBLICA
Departamento de Instrucción Pública
Universidad Nacional.
Ley 11 De 1892
Abrese al Poder Ejecutivo el siguiente crédito adicional, con imputación al Capítulo y artículo que en seguida se expresan.
MINISTERIO DE INSTRUCCIÓN PÚBLICA
Departamento de Instrucción Pública
Universidad Nacional.
Gobierno Ejecutivo,- Bogotá, Septiembre 14 De 1892
Abrese al Poder Ejecutivo el siguiente crédito adicional, con imputación al Capítulo y artículo que en seguida se expresan. MINISTERIO DE INSTRUCCIÓN PÚBLICA Departamento de Instrucción Pública CAPITULO LXV Universidad Nacional. Artículo 316. Para atender al pago de becas oficiales que el Tesoro público sostiene en la Universidad Nacional en los cinco meses que faltan de la presente vigencia económica, por haberse agotado la partida destinada para este objeto, veinte mil pesos $20,000.