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Ley 185105231 De 1851

Artículo Único

1 inciso

Art. único . Deróganse las leyes 11 i 12 parte 4. " tratado 1. de la Recopilacion Granadina i la de 23 de mayo de 1848, creando inspéctores de bogas en los rios Magdalena, Cauca, Atrato i Sinú. Desde la promulgacion de esta lei cesará el cobro de las contribuciones impuestas por las leyes que por ella se derogan.

Firmas

El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Representante Secretario
El Secretario de Relaciones Esteriores