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Ley 10 De 1898

Artículo 1

1 inciso

La suma de nueve mil pesos ( $ 9,000) votada por el Congreso en sus sesiones pasadas, para dar cumplimiento a la Ley 62 de 1890 ,sera entregada a la viuda del se|or General Manuel briceño, como auxilio para el monumento que proyecta eregir a la memoria de este ilustre Jefe conservador.

Artículo 2

1 inciso

El monumento que la familia del señor General Briceño traiga de europa, con el objeto de colocar en los restos del mencionado General, sera exceptuado del pago de derechos de importacion.

Artículo 3

1 inciso

Tengase incluida en el Presupuesto vigente la suma de nueve mil pesos ($ 9, 000) para dar cumplimiento a la presente Ley.

Artículo 4

Gobierno Ejecutivo - Bogotá,

1 inciso

Queda en estos terminos reformados la ley 62 de 1890 .

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro del Tesoro