Artículo 1
1 inciso
El Congreso de Colombia honra y exalta la memoria del doctor Eduardo Rodríguez Piñeres y la ofrece al ejemplo y a la veneración de sus Ciudadanos.
Ley 5 De 1958
El Congreso de Colombia honra y exalta la memoria del doctor Eduardo Rodríguez Piñeres y la ofrece al ejemplo y a la veneración de sus Ciudadanos.
Sendos retratos al oleo del noble republico se inaugurarán solemnemente y se mantendrán en sitio de honor en los recintos de la Corte Suprema de Justicia, de la cual fue Presidente, y de la Academia Colombiana de Historia.
Sendos ejemplares autógrafos de esta Ley serán entregados a los hijos del doctor Rodríguez Piñeres y a la Municipalidad del Socorro, cuna del esclarecido varón colombiano.
Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley serán incluidos en el Presupuesto de la próxima vigencia.