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Ley 5 De 1958

Artículo 1

1 inciso

El Congreso de Colombia honra y exalta la memoria del doctor Eduardo Rodríguez Piñeres y la ofrece al ejemplo y a la veneración de sus Ciudadanos.

Artículo 2

1 inciso

Sendos retratos al oleo del noble republico se inaugurarán solemnemente y se mantendrán en sitio de honor en los recintos de la Corte Suprema de Justicia, de la cual fue Presidente, y de la Academia Colombiana de Historia.

Artículo 3

1 inciso

Sendos ejemplares autógrafos de esta Ley serán entregados a los hijos del doctor Rodríguez Piñeres y a la Municipalidad del Socorro, cuna del esclarecido varón colombiano.

Artículo 4

1 inciso

Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley serán incluidos en el Presupuesto de la próxima vigencia.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara De Representantes
El Secretario de la Cámara De Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Publico
El Ministro de Educación Nacional