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Articulado completo

Ley 2235 De 2022

Artículo 1

Objeto

1 inciso

La presente ley tiene como objeto que la Nación se asocie a los doscientos (200) años de la fundación del municipio de Guayatá, que tuvo lugar el 6 de abril de 1821 y se rinda homenaje público a través de distintos reconocimientos de carácter histórico, material, turístico-cultural y ambiental, como contribución al mismo y a sus habitantes y su valioso legado para el fortalecimiento económico y democrático del Estado colombiano.

Artículo 2

Reconocimiento Histórico

1 inciso7 literales

La Nación exalta y enaltece con motivo de estas efemérides, la noble misión que cumplieron los siguientes grupos o personas:

a

Precursores de su fundación: Andrés José de Medina Ramírez

b

Monseñor: José Miguel de Acevedo y Plata

c

Primer alcalde: José Joaquín Camacho Ramírez

d

Juez de Fábrica: Andrés José Medina Ramírez

e

Cofundadores: Narciso y Luis Medina, Juan Nepomuceno Ca­macho, Andrés y José Manuel Barreta, José Agustín Martínez, Pedro Camacho, Francisco Javier Ruiz y Nicolás Llanos.

f

Agrupaciones Cívico-Sociales

g

Sus habitantes que han contribuido al desarrollo de los valores históricos, culturales y ecológicos del municipio.

Artículo 3

Orden De La Democracia

1 inciso2 literales

Confiérase la condecoración Orden del Congreso de Colombia en el grado de Gran Cruz de Comendador, por parte del Senado de la República a las siguientes instituciones:

a

Concejo municipal. Como reconocimiento a la institucionalidad participativa y política, en cabeza del Alcalde en ejercicio.

b

Administración Municipal de Guayatá. Como reconocimiento a la sostenibilidad democrática, en cabeza del Presidente del Con­cejo en ejercicio.

Artículo 4

Reconocimientos Por Su Obra Y Labor

1 inciso11 literales

El Congreso de la República exalta y enaltece con motivo de esta celebración, la noble misión que cumplieron los siguientes grupos e instituciones:

a

Parroquia de Nuestra Señora del Buen Consejo

b

Institución Educativa Técnica Las Mercedes

c

Casa de la Cultura José Manuel Salamanca

d

Biblioteca Pública Jorge Barreta Moreno

e

Emisora Comunitaria Sochaquirá Guayatá Stereo 99.1 FM

f

Juntas de Acción Comunal

g

Banda Juvenil de Viento

h

Agrupación Los Cuspis

i

Agrupación Hermanos Martínez

j

Club Deportivo Amigos por Guayatá

k

Grupo de Danzas Raíces Guayatunas

Artículo 5

Proyección Cultural Y Crecimiento Económico

2 incisos1 numeral

Se autoriza al Ministerio de Comercio Industria y Turismo para que adelante las siguientes investigaciones, con el fin de construir un oportuno desarrollo y crecimiento a futuro:

1

Realizar el estudio prospectivo del Municipio de Guayatá, Bo­yacá al año 2030 especialmente en materia de turismo y comer­cialización agrícola.

Perfil emprendedor, solidario del recurso humano Boyacense, a partir de las potencialidades del municipio de Guayatá.

Artículo 6

Reconocimiento En Obras

1 inciso

Autorícese al Gobierno nacional para incorporar dentro del Presupuesto General de la Nación y/o impulsar a través del Sistema Nacional de Cofinanciación, las apropiaciones necesarias que permitan adelantar obras y actividades de interés público, social y ambiental con motivo de la celebración de los doscientos (200) años de fundación del municipio de Guayatá, departamento de Boyacá.

Artículo 7

Facultades

1 inciso

Se autoriza al Gobierno nacional para efectuar los traslados, crédito y contra créditos, convenios interadministrativos entre la Nación y el departamento de Boyacá y/o el Municipio de Guayatá, conforme al Marco Fiscal de Mediano Plazo (MFMP) vigente.

Artículo 8

Vigencia

1 inciso

La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación.

Firmas

El Presidente del Honorable Senado de la República
El Secretario General del Honorable Senado de la República
La Presidente de la Honorable Cámara de Representantes
El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro del Interior
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
La Ministra de Comercio, Industria y Turismo
La Ministra de Cultura