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Articulado completo

Decreto 894 De 1974

Artículo 1

14 incisos

Articulo 1º Hacense los siguientes contracréditos al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974:

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

Ministerio de Educación Nacional.

Gabinete del Ministro.

Programa 270

Dirección Superior.

Gastos generales.

106. 111. 213. Articulo 2711. Impresos y publicaciones $ 200.000

Transferencias

206. 311. 440. Artículo 2716. Aporte a la Fácultad Latinoamericana de Ciencias de Santiago de Chile y Centro Latinoamericano de Ciencias Sociales de Rio de Janeiro $ 127824

206. 311. 440. Artículo 2725. Aporte al Fondo Especial de Enseñanza Agrícola a nivel medio 532.476

205. 311. 412. Artículo 2727. Mejoramiento de la supervisión educativa de los departamentos 200.000

205. 311. 412. Artículo 2728: Gastos de funcionamiento de planteles de educación media nacionalizados en zonas fronterizas 105630

Suman los contracréditos $ 1.165.930

Artículo 2

12 incisos

Artículo 2º Con base en el recurso de que trata el articulo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

Ministerio de Educación Nacional.

Dirección General de Administración Educativa.

Programa 273.

Administración educativa.

Servicios personales.

101. 111. 115. Artículo 2760-A. Pago de horas extras del personal de servicio del. Ministerio de Educación Nacional. (Decreto 1912/73) $ 140000

Programa 285.

Pago de deudas de vigencias expiradas.

Artículo 3159. Pago de deudas de vigencias expiradas por concepto de servicios personales, mediante Resolución de reconocimiento que requerirán la aprobación de la Dirección General del Presupuesto $ 1.025.930

Suman los créditos adicionales $ 1.165.930

Artículo 3

1 inciso

Comuniquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público