Funciones Del Director Nacional Del Servicio De Defensoría Técnica De La Fuerza Pública
Son funciones del Director:
1Establecer los lineamientos y las políticas que regirán la prestación del servicio de Defensoría Técnica de la Fuerza Pública, las cuales deberán estar acordes con las orientaciones de la Defensoría del Pueblo y la naturaleza del servicio.
2Organizar, dirigir y evaluar el servicio de Defensoría Técnica de la Fuerza Pública.
3Conformar el cuerpo de coordinadores administrativos y de gestión, coordinadores académicos, defensores técnicos de la Fuerza Pública, investigadores, técnicos y auxiliares.
4Celebrar convenios con las universidades reconocidas legalmente en el país que tengan en su programa académico, la cátedra de derecho penal militar, con el fin de permitir la vinculación de los consultorios jurídicos, al Servicio de Defensoría Técnica de la Fuerza Pública.
5Llevar la estadística de prestación del servicio de Defensoría Técnica de la Fuerza Pública.
6Llevar el registro actualizado de los operadores vinculados a la Defensoría Técnica de la Fuerza Pública.
7Poner en conocimiento de las autoridades competentes, los casos de amenaza o violación a los derechos de acceso a la justicia, al debido proceso y al derecho a la defensa.
8Establecer estándares de calidad y eficiencia que cumplirán los prestadores del servicio de Defensoría Técnica de la Fuerza Pública.
9Aprobar los programas de capacitación que se brinden a los prestadores del servicio de Defensoría Técnica de la Fuerza Pública.
10Expedir las resoluciones y certificaciones de vinculación y cumplimiento de la judicatura a los egresados que asistan a los Defensores Técnicos de la Fuerza Pública de conformidad con los requisitos que establezca el reglamento.
11Ejercer las correspondientes a los defensores públicos, en cuanto no riñan con la especialidad del defensor técnico.
12Las demás que le asigne el Gobierno Nacional, en desarrollo de las materias propias de su cargo.