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Ley 1007 De 2006

Artículo 1

2 incisos

Declárese Patrimonio Cultural y Artístico de la Nación los siguientes Festivales del departamento de Santander:

Festival de Bandas y Festival de Acordeones del Río Grande de la Magdalena (Barrancabermeja); Festival del Torbellino y el Requinto (Puente Nacional); Festival Guane de Oro (San Gil); Concierto "Nace una Estrella", en homenaje al natalicio del Maestro José A. Morales (Socorro); Festival de la Guabina y el Tiple (de Vélez).

Artículo 2

1 inciso

Autorícese a la Nación a través del Ministerio de la Cultura y demás entidades del sector, contribuir al fomento, promoción, protección, divulgación y desarrollo de los valores culturales que se originen alrededor de la cultura y del folclor colombiano.

Artículo 3

7 incisos

La presente ley rige a partir de la fecha de su sanción.

La Presidenta del honorable Senado de la República,

Claudia Blum de Barberi.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

Emilio Ramón Otero Dajud.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

Julio E. Gallardo Archbold.

Firmas

La Presidenta del honorable Senado de la República
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
La Ministra de Cultura