Artículo 1
Apruébase el "Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistent es", hecho en Estocolmo a los veintidós (22) días del mes de mayo de dos mil uno (2001).
Ley 994 De 2005
Apruébase el "Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistent es", hecho en Estocolmo a los veintidós (22) días del mes de mayo de dos mil uno (2001).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 7ª de 1944, el "Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes", hecho en Estocolmo a los veintidós (22) días del mes de mayo de dos mil uno (2001), que por el artículo 1° de esta ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.
La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.
La Presidentadel honorable Senado de la República,
Claudia Blum de Barberi.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
Emilio Ramón Otero Dajud.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
Julio E. Gallardo Archbold.