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Ley 957 De 2005

Artículo 1

1 inciso

Declárese patrimonio cultural de la Nación el "Concurso Nacional del Bambuco Luis Carlos González", que anualmente se realiza en la ciudad de Pereira, departamento de Risaralda.

Artículo 2

1 inciso2 literales

Autorízase al Gobierno Nacional para que a través del Ministerio de Cultura y el Ministerio de Relaciones Exteriores, participe en el desarrollo, organización y la modernización del Concurso Nacional del Bambuco en los siguientes aspectos:

a

Promoción del Concurso Nacional del Bambuco, en el ámbito nacional e internacional, a través de los medios de comunicación, expresa o escrita del Estado y con aquellos que el Ministerio tenga acuerdos suscritos enel exterior;

b

Programas de cooperación para los intercambios.

Artículo 3

1 inciso

La presente ley rige a partir de su publicación.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Secretario General del honorable Senado de la República
La Presidenta de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
La Ministra de Cultura