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Ley 929 De 2004

Artículo 1

2 incisos

El parágrafo del artículo 9° de la Ley 580 de 2000 , quedará así:

Los museos, monumentos nacionales y centros culturales, permitirán el ingreso gratuito a sus instalaciones el último domingo de cada mes, así como el 20 de julio y el 7 de agosto de cada año.

Artículo 2

El Presidente Del Honorable Senado De La República, Luis Humberto Gómez Gallo

Artículo 2°. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación. El Presidente del honorable Senado de la República, Luis Humberto Gómez Gallo. El Secretario General del honorable Senado de la República, Emilio Ramón Otero Dajud.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Secretario General del honorable Senado de la República
La Presidenta de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
La Ministra de Cultura