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Ley 193 De 1995

Artículo 1

1 inciso1 parágrafo

Para los fines de este artículo, se entienden por planes o proyectos de renovación urbana, todos aquellos dirigidos a poner fin a los procesos urbanos de deterioro físico y ambiental, recuperación del espacio público, descongestión del tráfico vehicular y peatonal, mediante la reubicación de los asentamientos de vendedores estacionarios o ambulantes, en locales aptos para el ejercicio de su actividad comercial en condiciones de formalidad legal y económica.

Parágrafo

La reubicación aquí prevista tendrá como base previa, un censo riguroso de los actuales vendedores estacionarios o ambulantes, realizado por el Distrito Industrial, Comercial y Portuario de Barranquilla.

Artículo 2

1 inciso

En cumplimiento de lo dispuesto en este artículo, la adquisición de los inmuebles referidos podrá hacerse, en lo pertinente, conforme los procedimientos previstos en el artículo 11 de la Ley 9º de 1989 y demás normas concordantes, reformatorias y complementarias de dicha ley.

Artículo 3

Esta Ley rige desde la fecha de su publicación. El Presidente del honorable Senado de la República, Juan Guillermo Angel Mejía. El Secretario General del honorable Senado de la República, Pedro Pumarejo Vega. El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, Alvaro Benedetti Vargas. El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Diego Vivas Tafur. República de Colombia-Gobierno Nacional Publíquese y ejecútese. Dada en Santafé de Bogotá, D. C., a 29 junio de 1995. ERNESTO SAMPER PIZANO. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Guillermo Perry Rubio. El Ministro de Desarrollo Económico, Rodrigo Marín Bernal.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Desarrollo Económico