Artículo 1
° . la nación coopera con la suma de cien mil pesos ($100.000) para construcción de la casa de la sociedad obrera "julian bucheli" en la ciudad de pasto. Esto suma se invertirá de acuerdo al plano que se ha levantado, y _erá entregada al tesorero de dicha sociedad, quien deberá llenara los requisitos que fije el contralor general de la republica y rendirle a este funcionario cuenta oportuna de la inversión.