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Ley 191 De 1959

Artículo 1

1 inciso

° . la nación coopera con la suma de cien mil pesos ($100.000) para construcción de la casa de la sociedad obrera "julian bucheli" en la ciudad de pasto. Esto suma se invertirá de acuerdo al plano que se ha levantado, y _erá entregada al tesorero de dicha sociedad, quien deberá llenara los requisitos que fije el contralor general de la republica y rendirle a este funcionario cuenta oportuna de la inversión.

Artículo 2

1 inciso

en virtud de que la partida que se destina como aporte de la nación, según el artículo anterior, no alcanzara a ser incluida en el presupuesto de 1960, se autoriza al gobierno nacional para hacer las correspondientes traslaciones del presupuesto a efecto de darle el destino de que trata el artículo anterior, o contratara los prestamos respectivos, con el mismo fin.

Artículo 3

1 inciso

esta ley regirá desde su sanción.

Firmas

el presidente del senado
El presidente de la cámara de representantes
el secretario general del senado
el secretario general de la cámara de representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
el ministro de hacienda y crédito publico