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Ley 189 De 1938

Artículo 1

1 inciso

Auxíliase al Municipio de Concepción en el Departamento de Santander, con la suma de veinticinco mil pesos ($ 25.000-00) que se incluirán en los presupuestos de las próximas vigencias, quedando facultado el Gobierno para hacer los traslados y abrir los créditos extraordinarios en caso de que no se hicieren las apropiaciones presupuestales.

Artículo 2

1 inciso

La partida votada por esta Ley se destinará a las siguientes obras en el Municipio de Concepción: Para el matadero público $ 10.000.00 Para la Casa Municipal 10.000.00 Para el arreglo y pavimentación de la plaza 5.000.00

Artículo 3

1 inciso

Estas sumas serán entregadas a la Tesorería Municipal de Concepción (Santander), la que deberá rendir las cuentas correspondientes a la Contraloría General de la República, previas las formalidades legales que establezca la misma Contraloría.

Artículo 4

1 inciso

Auxíliase con la suma de treinta mil pesos ($ 30.000-00) la Sociedad de Prevención Infantil fun

Artículo 5

Verificarán El

1 inciso1 parágrafo

Las elecciones para Diputados a las Asambleas Departamentales y Representantes al Congreso, se verificarán el tercer domingo de marzo para períodos legislativos de dos años, que empiezan a contarse, para Diputados el 20 de abril de 1939 y para Representantes el 20 de julio del mismo año.

Parágrafo

-Las Asambleas Departamentales harán la elección de Senadores en los primeros diez (10) días de las ordinarias del respectivo año.

Artículo 6

1 inciso

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Hacienda y Crédito Público