Artículo 1
1 inciso
El Gobierno Nacional procederá a erigir un monumento en el sitio donde fue asesinado el insigne Mariscal de Ayacucho, como homenaje del pueblo colombiano al paladín de la libertad americana, Antonio José de Sucre.
Ley 185 De 1936
El Gobierno Nacional procederá a erigir un monumento en el sitio donde fue asesinado el insigne Mariscal de Ayacucho, como homenaje del pueblo colombiano al paladín de la libertad americana, Antonio José de Sucre.
El Ministerio de Obras Publicas ordenará la construcción de una variante de la carretera La Unión-Pasto, que pase por el lugar en que se levante el monumento decretado por esta Ley.
Para el cumplimiento de la presente Ley, destínase la suma de veinte mil pesos ($ 20.000), que se incluirá en el Presupuesto de la próxima vigencia.
Esta Ley regirá desde su sanción.