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Ley 786 De 2002

Artículo 1

1 inciso

Apruébase el "Protocolo al Convenio para la Cooperación en el Marco de la Conferencia Iberoamericana para la Constitución de la Secretaría de Cooperación Iberoamericana (Secib)", firmado en la ciudad de La Habana (Cuba), el quince (15) de noviembre de mil novecientos noventa y nueve (1999).

Artículo 2

1 inciso

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 224 de la Constitución Política y en el artículo 1° de la Ley 7ª de 1944, el "Protocolo al Convenio para la Cooperación en El Marco de la Conferencia Iberoamericana para la Constitución de la Secretaría de Cooperación Iberoamericana (Secib)" firmado en la ciudad de La Habana (Cuba), el quince (15) de noviembre de mil novecientos noventa y nueve (1999), que por el artículo primero de esta ley se aprueba, obligará definitivamente al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.

Artículo 3

1 inciso

La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
La Ministra de Relaciones Exteriores