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Ley 181 De 1936

Artículo 1

1 inciso

Auxíliase con treinta mil pesos ($ 30.000) la construcción de sendos edificios para el Instituto Calarcá y para el Colegio oficial Robledo , que funciona en la ciudad de Calarcá.

Artículo 2

1 inciso

La suma a que se refiere el artículo anterior, será incluida en el Presupuesto de la próxima vigencia y en el caso de que así no suceda, el Gobierno abrirá el crédito administrativo respectivo.

Artículo 3

1 inciso

Destínase la suma de sesenta mil pesos ($ 60.000) para la adquisición de la armadura metálica para el puente sobre el río Cauca, en el paso de Ríofrio.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Obras Públicas