Artículo 1
Art. 1.° Destínase del Tesoro nacional la suma de cuarenta mil pesos ($ 40,000) para la construcción de un camino de herradura, que ponga en comunicación, por vía de "Las Papas," el pueblo de San Agustín en el Sur del Departamento del Tolima con el de Bolívar en el Departamento del Cauca.