Artículo 1
Art. 1.° El Gobierno dispondrá lo conveniente para preparar los objetos siguientes, que deberán enviarse á la Exposición universal de París:
1.° Colecciones clasificadas de muestras de los productos minerales y vegetales de la República;
2.° La Carta geográfica de Colombia, la de cada uno de los nueve Departamentos y un gran mapa general mineralógico;
3.° Una colección de las principales obras de autores colombianos, sobre historia, literatura, ciencias, artes y enseñanza;
4.° Especímenes de las publicaciones periódicas y álbumes de vistas fotográficas; y
5.° Memorias ú otros trabajos científicos sobre las riquezas naturales de Colombia, que se harán traducir al francés y publicar en París.