Saltar al articulado
Volver a la ficha

Articulado completo

Ley 101 De 1961

Artículo 1

1 inciso

La Nación contribuirá con la suma de trescientos mil pesos ($ 300.000.00), a la reconstrucción y ampliación del Colegio "Próspero Pinzón", que funciona en la ciudad de Soatá.

Artículo 2

1 inciso1 parágrafo

Con destino a la construcción de algunas obras de interés social en la ciudad de Soatá, la Nación aportará las siguientes sumas de dinero:

Parágrafo

La elaboración de los planos para el Hospital de San Antonio y del Ancianato serán hechos por la Sección de Ingeniería Sanitaria del Ministerio de Salud.

Artículo 3

1 inciso

Auxiliase al Municipio de Covarahía con la suma de cien mil pesos ($ 100.000), para la construcción de la Casa Municipal.

Artículo 4

1 inciso

Auxiliase al Municipio de Susacón con la suma de doscientos mil pesos ($ 200.000), para la construcción del Colegio de Varones en el lote adquirido por el mencionado Municipio con tal finalidad.

Artículo 5

1 inciso

Las cantidades de dinero decretadas por la presente Ley se incluirán por mitades en los Presupuestos de las dos próximas vigencias.

Artículo 6

1 inciso

En caso de no ser incluidas las partidas correspondientes en los Presupuestos respectivos, el Gobierno Nacional queda facultado para hacer las traslaciones que sean necesarias al cumplimiento de la presente Ley.

Artículo 7

1 inciso

Los Municipios mencionados en esta Ley, al presentar la cuenta de cobro a la Tesorería General de la República, entregarán todos los documentos a que se refiere la Ley 71 de 1946 , sin cuyo requisito no podrán hacerse efectivos los auxilios.

Artículo 8

1 inciso

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Educación Nacional