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Ley 176 De 1948

Artículo 1

1 inciso

La República honra la memoria del General Pompilio Gutiérrez, guerrero invicto, gobernante progresista y parlamentario ilustre, quien durante su larga y memoria existencia dio luminoso ejemplo de virtudes cívicas y privadas y de amor a la patria.

Artículo 2

1 inciso

Un retrato al óleo del General Gutiérrez se colocara en la Gobernación de Caldas, y se erigirá su busto sobre el mausoleo que guarda las cenizas del ilustre patricio en el cementerio de Manizales.

Artículo 3

1 inciso

Copia de esta Ley, en nota de estilo, será enviada a las Gobernaciones de Antioquia y Caldas, a los Concejos de Manizales y Abejorral, y a la familia del extinto.

Artículo 4

1 inciso

En el Presupuesto de la próxima vigencia se incluirá la suma de ocho mil pesos ($8.000.) para darle cumplimiento a esta Ley.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas