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Ley 175 De 1959

Artículo 1

1 inciso

La Nación se asocia a la celebración del cuarto centenario de la consagración de los municipios de Sogamoso y Mongui, del departamento de Boyacá, como santuarios para venerar los cuadros de San Martín y la Virgen, obsequiados por Felipe II.

Artículo 2

1 inciso

El Ministerio de Obras Públicas, por intermedio de la Zona de Carretera de Duitama, procederá a construir en la ciudad de Sogamoso, la Avenida "San Martín", que partiendo de la glorieta del mismo nombre, una, en línea recta hacia Nobsa, dicha ciudad con la nueva Carretera Central del Norte. Asimismo se adelantará el ensanche, mejoramiento y pavimentación de la carretera que va hacia Mongui.

Artículo 3

1 inciso3 literales

Para contribuir decorosamente a tan faustas efemérides y hacer del Santuario de Nuestra Señora de Mongui y de sus reliquias artísticas, el sitio de veneración religiosa y atracción turística que se merece, la Nación destinará las siguientes sumas:

a

Para reparación del templo y del convento de dicho Santuario, la suma de sesenta mil pesos ($ 60.000);

b

Para arreglo de la plaza y calles principales de la población de Mongui, la cantidad de sesenta mil pesos ($ 60.000);

c

Para la instalación técnica y artística de alumbrado eléctrico, cincuenta mil pesos ($ 50.000).

Artículo 4

1 inciso

Las sumas anteriores se incluirán en la Ley de Apropiaciones de las próximas vigencias. En caso de no serlo, el Gobierno queda autorizado para hacer los traslados correspondientes.

Artículo 5

1 inciso

Los fondos para tales obras serán manejados por una Junta integrada así: El señor Cura Párroco, el Alcalde, el Tesorero del Municipio y por los delegados de la Contraloría General de la República y del Ministerio de Obras Públicas, al temor de lo dispuesto en la Ley 46 de 1946 .

Artículo 6

1 inciso

Esta Ley regirá desde sus sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara
El Secretario del Senado
EL SECRETARIO DE LA CAMARA
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas