Saltar al articulado
Volver a la ficha

Articulado completo

Ley 40 De 1964

Artículo 1

1 inciso

Hásense los siguientes contra créditos al presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1964.

Artículo 2

1 inciso

con base en el recurso de que trata el articulo anterior, y en el Certificado de Reserva y Disponibilidad numero 40 de 1964, expedido por la Contraloría General de la Republica, abrece el siguiente crédito adicional al presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso.

Artículo 3

1 inciso1 parágrafo

la suma de $90.000 destinada al Proyecto numero 8 (embarcadero Turístico de Buga, Valle) en la laguna de Sousa, que fue entregada a la Empresa Nacional de Turismo, de Conformidad con lo dispuesto en la ley 42 de 1961 . Deberá entregarse a la compañía constructora del hotel de Turismo de Buga, para que dicha entidad la invierta en obras de fomento turístico o cultural.

Parágrafo

La compañía constructora del Hotel de Turismo rendirá cuenta de dicho auxilio, ante la Contraloría General de la Republica.

Artículo 4

1 inciso

La presente ley rige a partir de la fecha de su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público