PLIEGO DE CREDITOS ADICIONALES
para el Proyecto de Ley de Presupuesto Nacionales de Rentas y Gastos para el bienio de 1897 y 1898.
Departamento de Política interior
Departamento de Beneficencia y Recompensas.
Departamento de Correos y Telégrafos.
Departamento de Justicia.
Artículo 179. Para útiles de escritorio, arrendamientos de locales y gastos varios en el bienio:
Artículo 179 bis. Para vías de comunicación y otros gastos de Fomento en el bienio:
Artículo 180. Para útiles de escritorio, arrendamiento de locales, y gastos varios en el bienio:
Artículo 180 bis. Para vías de comunicación y otros gastos de Fomento en el bienio:
Ministerio De Relaciones Exteriores.
Departamento de Relaciones Exteriores .
Departamento de Hacienda .
Artículo 217. Para útiles de escritorio, alumbrado, agua etc., arrendamiento de locales etc.
Departamento de Instrucción Pública.
Artículo. El Gobierno, en virtud de las autorizaciones que para reorganizar los ramos de Correos y Telégrafos le concede la Ley 86 de 1888 , queda ampliamente facultado para hacer las trasposiciones necesarias en los respectivos Departamentos, Capitulas y Artículos del Presupuesto y leyes que asignan sueldos etc., y para introducir las variaciones y modificaciones que crea convenientes en las diversas partidas votadas para el personal y material de dichos ramos.
Artículo. El Gobierno considerara incluida en este Presupuesto la partida necesaria para dar cumplimiento á la Ley que aprueba un contrato y da autorización es al Gobierno sobre contrato de sales.