Artículo 1
1 inciso
740.125.924.00) moneda corriente, con base en lo certificados de Disponibilidad números 10, 12, 13, 21, 22, y 23 expedidos por el Controlador general de la Republica, se incorpora así:
Ley 26 De 1980
740.125.924.00) moneda corriente, con base en lo certificados de Disponibilidad números 10, 12, 13, 21, 22, y 23 expedidos por el Controlador general de la Republica, se incorpora así:
ábranse los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de Gasto para la vigencia discal de 1980:
La presente Ley rige a partir de la fecha de su sanción.