° En los juicios de sucesión tienen los Recaudadores de este impuesto y sus Agente, sobre las mortuorias, las siguientes atribuciones:
1. ª Intervenir en las diligencias sobre inventarios y avalúos de los bienes;
2. ª Nombrar evaluadores de estos bienes;
3. ª Reclamar contra la relación de inventarios, tanto antes como después de que se les corra traslado de él;
4. ª Observar que los evaluadores, que serán siempre personas idóneas y propietarios, si fuere posible, tengan en cuenta para los avalúos de los bienes de la sucesión, no solamente el valor de estos dado en los títulos de propiedad sino también el aumento de valor que hayan obtenido por razón de la acción del tiempo, mejoras y demás circunstancias del mercado, á fin de que el avaluó dada al haber mortuorio sea verdadero y en ningún caso ínfimo ó reducido;
5. ª Hacer la liquidación de los derechos del Lazareto, luego que estén completos los inventarios dentro de los términos legales;
6. ª Aprobada que sea la liquidación, y sin perjuicio del procedimiento de oficio por parte de los Jueces, demandar ejecutivamente el pago de los derechos cuando hayan trascurrido quince días de aprobada la liquidación y el pago no se haya verificado;
7. ª Promover la facción de los inventarios y avalúos en todo caso en que los bienes de una sucesión corran peligro; 8 ª. Proponer iguales diligencias cuando los inventarios no se hayan practicado durante el año siguiente á la muerte de la persona de cuya sucesión se trata; 9 ª. Atender los denuncios que se le den por cualquiera autoridad ó particular en los casos de los dos ordinales anteriores, y proponer en su virtud, las acciones correspondientes; 10 °. Intervenir en las diligencias que se practiquen de oficio, para evitar el extravió ó perdida de los bienes de una persona difunta. En los casos de que estas diligencias tengan lugar, al tiempo de hacer la relación de bienes, se avaluaran en la forma ordinaria, y sobre esos avalúos se hará la liquidación, sin perjuicios de rectificarla sobre los inventarios definitivos; 11 ª. Llevar la voz en defensa de los derechos del Lazareto, en todos los casos, juicios, diligencias, y controversias en que lo exijan sus intereses; .