Artículo 1
El Gobierno Nacional, en cooperación con el Departamento del Tolima, con los Municipios tolimenses y con las personas naturales o jurídicas que deseen tomar parte, procederá a construir en el Norte del Departamento una central hidroeléctrica, aprovechando para esto las caídas de agua que aconseje la técnica.
En cuanto fuere posible, se aprovechara la acequia que parte el punto de El Cedral, sobre el rio Guali, en jurisdicción del municipio de Herveo.