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Ley 13 De 1932

Artículo 1

1 inciso

Como homenaje a la memoria del doctor Emiliano Restrepo Echevarría se colocará en el salón principal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín un retrato al óleo de este eminente jurisconsulto.

Artículo 2

1 inciso

En el Presupuesto de la próxima vigencia se incluirá la partida necesaria para dar cumplimiento al artículo 3° de la Ley 28 de 1918 , que dispone que el Gobierno hará editar, para distribuirla como lo estime conveniente, la obra del doctor Restrepo Echevarría, sobre el territorio de San Martín.

Artículo 3

1 inciso

Copias de esta Ley, en edición de lujo, serán enviadas a las familias del doctor Restrepo Echevarría.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno