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Ley 13 De 1928

Artículo 1

1 inciso

Como homenaje a la memoria del insigne poeta Julio Flórez, la Nación procederá a comprar la casa donde aquel nació, en la ciudad de Chiquinquirá, y a construir allí un edificio modelo para escuelas primarias y artes y oficios, que sostendrá con fondos propios, y cuyo funcionamiento reglamentara el Poder Ejecutivo.

Artículo 2

1 inciso

En los Presupuestos de las próximas vigencias se incluirán las partidas necesarias para dar cumplimiento a la presente Ley.

Artículo 3

3 incisos

En la portada del edificio será colocada una lápida en mármol con la siguiente inscripción:

La República de Colombia.

JULIO FLÓREZ.

Artículo 4

1 inciso

Esta Ley rige desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Educación Nacional