Artículo 1
2 incisos
El Ministerio de Educación Nacional, por intermedio de la División de Extensión Cultural, compilará y editará la obra literaria del doctor Hernando Olano Cruz.
Dicha edición será adecuadamente distribuída por el Ministerio.
Ley 26 De 1969
El Ministerio de Educación Nacional, por intermedio de la División de Extensión Cultural, compilará y editará la obra literaria del doctor Hernando Olano Cruz.
Dicha edición será adecuadamente distribuída por el Ministerio.
Un óleo del senador de la República desaparecido será colocado en la Comisión II Constitucional del Senado de la República, a la cual perteneció.
Facúltase al Gobierno Nacional para dar inmediato cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ley y si fuere el caso, para efectuar traslados y apropiaciones en el presupuesto de la vigencia respectiva.
Esta Ley regirá desde su sanción.