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Ley 167 De 1959

Artículo 1

1 inciso

Crease una Escuela de Enseñanza Técnica Industrial, primaria y secundaria, en la ciudad de Barrancabermeja.

Artículo 2

1 inciso

La Escuela que se crea por medio de la presente Ley estará organizada de acuerdo con el tipo C) del Decreto número 281 de febrero 14 de 1941.

Artículo 3

1 inciso

La Nación procederá adquirir los terrenos, a construir las edificaciones y a disponer la dotación que se requiere para el funcionamiento de este instituto.

Artículo 4

1 inciso

Esta ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional