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Ley 39 De 1894

Artículo 1

1 inciso1 parágrafo

Artículo único . Condónese al Sr. Tomás French la suma de mil treinta pesos ochenta y cinco centavos ($1.030-85) por la que se le ejecuta, como valor de unas multas que se le impusieron por el retardo de la entrega de diversas partidas de sal en el Almacén oficial de Málaga, según contrato celebrado el 1.° de Mayo de 1893 con el Gobierno Nacional.

Parágrafo

Condónase también las demás sumas que se le liquiden por demoras á causa del expresado contrato, y , en consecuencia, suspéndanse las acciones judiciales pendientes contra dicho Sr. French por tales cobros.

Firmas

El Presidente Del Senado
El Presidente de la Cámara De Representantes
El Secretario Del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro Del Tesoro