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Ley 26 De 1962

Artículo 1

1 inciso

La Nación coopera con la suma de un millón cincuenta y un mil quinientos sesenta y tres pesos con sesenta y nueve centavos ($ 1.051.563.69), para la construcción y terminación de una parte del edificio destinado al Colegio "María Auxiliadora", que regentan las Reverendas Hermanitas Salesianas como escuela Normal Superior para Señoritas, en Choachí (Cundinamarca). Esta suma será invertida en dicha obra, de acuerdo al plano que se ha levantado, y será entregada, en cuatro cuotas anuales, a razón de doscientos sesenta y dos mil ochocientos noventa y tres pesos con cuarenta y dos centavos ($ 262.893.42) por cada año, dentro de los cuatro años siguientes a la sanción de la presente Ley, al Tesorero que se nombre por la Rectora del Colegio y Alcalde del Municipio, el cual deberá llenar los requisitos que le fije el Contralor General de la República, y rendir este funcionario cuenta oportuna de la inversión.

Artículo 2

1 inciso

En virtud de que la partida de que trata el artículo anterior, no alcanza a ser incluida en el presupuesto de 1960, se autoriza al Gobierno Nacional para hacer las correspondientes traslaciones del Presupuesto, a efecto de darle el destino que de que trata el artículo anterior; o contratará los respectivos prestamos con el mismo fin.

Artículo 3

1 inciso

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado
El Ministro de Educación Nacional