Artículo 1
Poder Ejecutivo Nacional-Bogotá,
1 inciso
Artículo único. Concédese del Tesoro nacional una pension de setenta y cinco pesos ($ 75) mensuales á la señora Saturia L. de Camacho y á sus hijas Natividad y Eudocia Camacho, repartible en partes iguales entre las agraciadas y con derecho de acrecer entre ellas.