Artículo 1
Los empleados que en seguida se enumeran gozarán de las asignaciones mensuales que van a expresarse: Los Secretarios de las Cámaras, doscientos cincuenta pesos cada uno.$250Los Secretarios auxiliares de las mismas, doscientos pesos cada uno200Los Oficiales Mayores de las mismas, ciento treinta pesos cada uno130Un quinto Escribiente para la Secretaría del Senado, sesenta pesos60Los Porteros de las Cámaras durante el tiempo de las sesiones50Los Porteros auxiliares de las Cámaras, treinta y cinco pesos35Los Carteros de las mismas, treinta y cinco pesos35